HOSTIGAMIENTO E INTIMIDACIÓN CONTRA DAVID VENEGAS REYES "EL ALEBRIJE", SU FAMILIA Y AMIGOS
PUEBLA, PUE.
14 DE JUNIO DE 2007.
A los Gobiernos Federal y del Estado de Oaxaca.
A los Gobiernos del Mundo.
A los Organismos Nacionales e Internacionales de Derechos Humanos.
A la opinión pública.
A los medios de comunicación.
El Nodo de Derechos Humanos (NODHO) solicita su intervención U R G E N T E ante el hostigamiento e intimidación que enfrentan DAVID VENEGAS REYES, PRESO POLÍTICO RECLUÍDO EN LA PENITENCIARÍA CENTRAL DEL ESTADO DE OAXACA, SANTA MARÍA IXCOTEL, sus amigos y familiares.
R E F E R E N T E S
:
DAVID VENEGAS REYES
DAVID VENEGAS REYES, es integrante de Voces Oaxaqueñas Construyendo Autonomía y Libertad (VOCAL), estudiante de la Universidad Autónoma Chapingo, Concejal de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca y adherente de La Otra Campaña.
Es originario de Oaxaca, tiene 24 años, es un activo luchador social, estudió en la Universidad Autónoma Chapingo, sus compañeros, profesores y personas cercanas lo reconocen como un estudiante ejemplar, se encontraba realizando su tesis profesional cuando decidió suspender sus estudios para incorporarse al movimiento de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, desarrollando diversas labores con tal convicción y dedicación que lo llevó a ser elegido como concejal ante el Consejo Estatal de la APPO, creado en la Asamblea Constituyente celebrada en noviembre de dos mil seis.
VOCES OAXAQUEÑAS CONSTRUYENDO AUTONOMÍA Y LIBERTAD
Colectivo sumamente diverso y activo, conformado por varios formado por individuos y colectivos de diversos tipos, todos activistas del movimiento social de Oaxaca.
VOCAL se plantea como una forma de conjuntar los esfuerzos del pueblo de Oaxaca movilizado, que busca mantener el movimiento social fiel a sus principios, autónomo e independiente de los partidos políticos y reivindicando la forma asamblearia como la forma mas justa y armónica de llegar a entenderse, auto organizarse y autogobernarse.
VOCAL es un espacio que lucha por la construcción, fortalecimiento y enlace de autonomías, pues, consideran a la autonomía de los pueblos, grupos, colectivos, individuos, organizaciones y demás, como una alternativa real de oposición al sistema de gobierno autoritario actual. La autonomía, como proceso de construcción de otras realidades que muestren que hay otro modo de cambiar las cosas desde la raíz en donde los pueblos decidan sus propias formas y modos de vida.
A N T E C E D E N T E S
El día 13 de abril de 2007 alrededor de las 13:10 horas fue detenido arbitrariamente DAVID VENEGAS REYES, ALIAS "EL ALEBRIJE", integrante de Voces Oaxaqueñas Construyendo Autonomía y Libertad (VOCAL), estudiante de la Universidad Autónoma Chapingo, Concejal de la Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca y adherente de La Otra Campaña.
Fue detenido por elementos de la Policía Auxiliar, Bancaria, Industrial y Comercial (PABIC), que, de acuerdo con algunos testimonios, iban vestidos de civil y encapuchados, además de portar armas de grueso calibre.
Tras ser detenido arbitrariamente, sin orden judicial alguna y bajo la mentirosa afirmación de que él agredió a los policías, fue golpeado, incomunicado y torturado por varias horas, con la finalidad de obligarlo a aceptar los cargos que se le fabricaron sembrándole drogas (posesión de estupefacientes con fines para la venta).
Fue trasladado a bordo de una camioneta roja sin placas y presentado, tras más de 8 horas de haber sido aprehendido, en la Unidad Mixta de Atención al Narcomenudeo (UMAN) de la Procuraduría General de la República, donde tuvo que rendir declaración por más de 5 horas continuas, siendo acusado de portar una bolsa de nylon que contenía un polvo blanco, al parecer cocaína, con peso aproximado de 30 gramos (la cantidad exacta fue cambiada más tarde por las autoridades que lo detuvieron) y heroína.
El 14 de abril del presente año fue trasladado a la Penitenciaría Central de Oaxaca, con sede en Santa María Ixcotel, donde se le informó que además del delito federal que se le imputó, tenía en su contra una orden de aprehensión, derivada de la averiguación previa número 157/2006, por los delitos de sedición, daño por incendio y asociación delictuosa, por su presunta participación en el incendio al Palacio de Justicia de Oaxaca el 25 de noviembre de 2006.
El Ministerio Público Federal ejercitó la acción penal en su contra por Delito contra la Salud el 15 de Abril de 2007, a pesar de los nulos elementos probatorios que existen para procesarlo, estando actualmente a disposición del Juez Tercero de Distrito en el Estado de Oaxaca.
Sobre el proceso estatal que si sigue en su contra cabe mencionar que son igualmente nulos los elementos para procesarlo, siendo que otros inculpados en la misma Averiguación Previa ya han sido puestos en libertad por falta de elementos para procesarlos.
La fabricación de delitos parece ser una estrategia para hacer parecer a DAVID VENEGAS un preso común y no política.
Pese a todas las irregularidades en su detención, consignación y procesos a la fecha sigue ilegalmente preso en dicho Centro de Reclusión, y está siendo sujeto de diversos actos intimidatorios, al igual que sus familiares y amigos.
T E M O R P O R L A S E G U R I D A D Y D I V E R S A S
V I O L A C I O N E S A LOS DERECHOS HUMANOS.
Desde su detención, DAVID VENEGAS REYES ha sufrido diversos actos violatorios de sus derechos e intimidatorios, al igual que su familia y amigos.
Dentro de la Penitenciaría recibió la visita de un sujeto de nombre Nahum de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (probablemente Nahum Reyes Cruz, Visitador Adjunto de la Oficina Central de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Oaxaca, véase Directorio de la CEDHO en
www.cedhoax.org, sujeto que estuvo presente en el lugar ( NO RECONOCIDO POR EL GOBIERNO ESTATAL) donde DAVID fue torturado, interrogado y fotografiado con la droga que se usó para incriminarlo. Este sujeto, tras colocar una grabadora de voz en la mesa y de manera muy prepotente le ofreció "ayuda" a DAVID, quien lo reconoció, por lo que le dijo que si lo quería ayudar le dijera todo lo que supiera de su caso, y que si no le decía nada no fuera a visitarlo nunca más. Este sujeto no se ha vuelto a presentar.
El 1 de mayo del año en curso, DAVID VENEGAS REYES recibió una visita en el Penal de un sujeto que dijo llamarse "Tacho Canasta" (probablemente Anastasio Gutiérrez García, integrante de la organización de Ciudadanos Unidos de Barrios, Agencias y Colonias del Centro -CUBACI), quien se ostentó como enviado de Ulises Ruiz Ortiz (gobernador de Oaxaca) y de Sergio Segreste Ríos, Secretario de Protección Ciudadana de dicha entidad federativa.
Este sujeto sugirió a DAVID VENEGAS que aceptara que alguien de su familia dialogara su liberación con el gobierno, sugiriéndole que calmara, señalándole que si no aceptaba sabían que alguien de su familia andaba en "el desmadre" (sic) y amenazándolo con trasladarlo con trasladarlo a un Penal de Máxima Seguridad como el del Altiplano o Almoloya, diciendo que el gobierno tenía todos los argumentos para "quebrarlo" (sic).
El día 18 de mayo del presente año, DAVID VENEGAS recibió la visita de su cuñada ADRIANA LETICIA LUIS PÉREZ, la cual fue muy breve, al llegar a la salida del Reclusorio solicitó su credencial de elector, misma que se solicita a cualquier visita para acceder, pero su credencial no estaba en la mesa de recepción, pudiendo percatarse de cómo un custodio traía la credencial en la mano y provenía de la oficina del Director del Penal, Carlos Hampshire Franco, fingiendo estarla limpiando.
Ante este acto, ADRIANA decide dirigirse a la oficina del Director para cuestionarlo sobre esta situación, a lo que el funcionario respondió que le daría una respuesta hasta su siguiente visita, pues en ese momento no contaba con respuesta alguna.
El día 28 de mayo se presentó GUADALUPE VENEGAS REYES, hermana de DAVID, a visitarlo y observa que al momento en que ingresa al Penal un custodio se lleva su identificación a la oficina del Subdirector del Penal, Antonio Francisco Bohórquez Caballero, por lo que decide dirigirse con el funcionario para preguntarle por qué se llevan su credencial, a lo que el funcionario respondió que era porque "arriba" (sic) las autoridades les han solicitado que obtengan fotocopias de las identificaciones de las visitas de DAVID para formarles un expediente, para "poder presionar por todos lados".
Aunado a dichos hechos, cada persona que visita a DAVID, que no pertenezca a su familia, tiene que solicitar autorización directamente con el Director del Penal, a pesar de cumplir con todas las disposiciones relativas del Reglamento de ingreso, situación que no se presenta con ningún otro interno de la Penitenciaría, en detrimento de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Medidas Restrictivas de Libertad para el Estado de Oaxaca, que señala que las disposiciones de la misma y los reglamentos de cada establecimiento de readaptación social deberán aplicarse imparcialmente, sin diferencias de trato fundadas en situaciones de fortuna, origen social, opinión política, nacionalidad, raza, sexo, credo religioso o cualquiera otra análoga.
Además de lo anterior, a muchas personas les es negada de plano la entrada a la Cárcel para visitar a DAVID, sin explicar razón alguna o justificar la inconveniencia de la visita.
Claros ejemplos son que le fue negada al Padre R. Fco. Wilfrido Mayén Peláez (Padre UVI), miembro eclesiástico, defensor de derechos humanos y conocido de DAVID, con el falso argumento de que el mismo DAVID había renunciado a su derecho de recibir visitas distintas a su familia y a pesar del que el artículo 42 de la Ley de Ejecución de Sentencias para el Estado de Oaxaca señala que nunca se negará a un interno el derecho a comunicarse con un representante autorizados de cualquiera religión.
Por otro lado, cuando DAVID recibió la visita de la Señora Ofelia Medina, fue requerido para que se retirara a pesar de que aún estaba dentro del horario de visitas.
Ante estos actos, DAVID VENEGAS, el 4 de junio de 2007, presentó un escrito dirigido al Secretario de Protección Ciudadana, al Director de Prevención y Readaptación Social y al Director de la Penitenciaría Central del Estado de Oaxaca, mismo que recibieron el 6 de los corrientes, desmintiendo haber renunciado a su derecho a recibir visitas distintas a sus familiares e inclusive exigiendo el ingreso de éstas, siempre que se cumpla la normatividad que corresponda.
Por otro lado, además del hostigamiento por parte de las autoridades de la Penitenciaría, sus familiares y amigos han sido intimidados sistemáticamente desde la detención de DAVID, varios miembros de su familia y del colectivo al cual pertenece DAVID (VOCAL) han sido seguidos, tanto por elementos policiales uniformados, como por elementos policíacos vestidos de civil, a bordo de patrullas oficiales y automóviles sin placas, y en varias ocasiones por elementos fuertemente armados, quienes los siguen o bien los observan por largo rato afuera de sus domicilios o lugares que frecuentan.
L I B E R T A D I N M E D I A T A.
C E S E I N M E D I A T O A L H O S T I G A M I E N T O.
Sobra expresar nuestra preocupación por el enrarecido clima político y de ingobernabilidad que se vive actualmente en el Estado de Oaxaca, así como la sistemática violación a los derechos humanos que comete a diario el Gobierno de dicho Estado, cobijado por el Gobierno Federal.
Denunciamos una vez más la falta de elementos judiciales para detener a DAVID VENEGAS, estudiante y activista ejemplar, sin antecedentes de narcotráfico o consumo de estupefacientes, es evidente que hay inconsistencias legales, se le ha sembrado droga con la finalidad de hacerlo parecer un delincuente y hacerlo pasar por preso común y no político. Es lamentable ver como la imputación de delitos falsos se convierte en una práctica diaria de las autoridades mexicanas, como método para frenar los movimientos sociales y justificar la detención de luchadores sociales.
La única labor de DAVID VENEGAS ha sido participar en el movimiento del pueblo oaxaqueño, su pueblo, que es sistemáticamente reprimido desde hace años y cuyas únicas exigencias son la justicia, la libertad y la dignidad para su pueblo.
Debe ponerse un alto a la campaña de desprestigio contra los luchadores sociales que busca deslegitimar públicamente a las organizaciones, colectivos e individuos que han formado parte activa en el movimiento oaxaqueño, en particular de VOCAL, haciéndolos parecer como delincuentes y resulta urgente ponerle un fin a estas prácticas.
Debe, de igual manera, frenarse de manera inmediata el hostigamiento e intimidación contra la familia y amigos de DAVID VENEGAS, como método de presionarlo para que deje de denunciar los atropellos cometidos por las diversas autoridades en su contra y en contra del pueblo de Oaxaca.
La libertad de expresión y de asociación son fundamentales, es necesario poner un alto a las detenciones arbitrarias de líderes sociales, bajo la implantación de delitos falsos, al no contar con elementos para proceder en su contra. Al atentar contra sus garantías individuales y colectivas, se atenta directamente contra las de aquellos a los que protegen y con los que trabajan para obtener un mejor nivel de vida en su región se atenta contra todos.
El hostigamiento contra la familia de DAVID VENEGAS, sus amigos y miembros de VOCAL es inadmisible y representa una deleznable forma de presionar a DAVID VENEGAS y otros luchadores sociales para callar sus denuncias contra las injusticias del gobierno y las constantes violaciones a los derechos humanos, debe ponerse un alto inmediato a estas estrategias gubernamentales y a la colusión de todos los niveles de gobierno en él menoscabo de las libertades y derechos fundamentales.
Apelamos a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a los demás organismos de defensa de los Derechos Humanos para la observación y seguimiento del caso de DAVID VENEGAS y para la exigencia del cese inmediato al hostigamiento contra los familiares y amigos de DAVID VENEGAS , y contra los que forman parte de VOCAL, en virtud de que la Comisión Estatal de Derechos Humanos no ha hecho nada al respecto e inclusive se teme su ilegal subordinación al Gobierno Estatal.
Exigimos se garantice la seguridad de todos y cada uno de los integrantes de VOCAL, en su carácter de luchadores y activistas sociales, facilitadores y desarrolladores de procesos comunitarios y autogestivos, defensores de la libertad, la democracia, la dignidad y la igualdad.
Exigimos la libertad inmediata de DAVID VENEGAS y de todos los presos políticos del conflicto en la entidad oaxaqueña y el cese inmediato al hostigamiento y represión contra el movimiento social en Oaxaca y en el país.
Hacemos indubitablemente responsables a los Gobiernos Federal y del Estado de Oaxaca de cualquier acto violento, desaparición o menoscabo en sus garantías individuales y colectivas, del que sea objeto DAVID VENEGAS, su familia, sus compañeros y miembros de VOCAL.
El Nodo de Derechos Humanos (NODHO) señala que los hechos referidos contradicen los derechos a la libertad personal, a la seguridad jurídica, igualdad ante la ley, libertad de pensamiento y expresión y el derecho a la libre ocupación, protegidos por diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Estado de Oaxaca, la Declaración Universal de Derechos Humanos; la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Además, con los actos intimidatorios sufridos por DAVID, su familia y amigos por parte de las autoridades del Penal se violentan diversas disposiciones de la Ley de Ejecución de Sanciones Privativas y Medidas Restrictivas de Libertad para el Estado de Oaxaca y demás disposiciones relativas.
Por lo anterior el Nodo de Derechos Humanos solicita urgentemente:
1.- Que se ponga en libertad incondicional e inmediata a DAVID VENEGAS REYES y se ponga un alto a la campaña de difamación y desprestigio en su contra.
2.- Se garantice la libertad, la seguridad y la integridad física de DAVID VENEGAS REYES y el goce de todas las garantías y derechos que le conceden las leyes correspondientes.
3.- Se tomen medidas concretas y urgentes para implementar la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
4.- Que se garantice la libertad, la integridad y la seguridad de los familiares de DAVID VENEGAS REYES, así como de sus amigos y miembros del colectivo VOCES OAXAQUEÑLAS CONSTRUYENDO AUTONOMÍA Y LIBERTAD.
5.- Cese inmediato al hostigamiento e intimidación en contra de DAVID VENEGAS REYES, SU FAMILIA, AMIGOS Y MIEMBROS DE VOCAL.
6.- Asegurar la aplicación de lo dispuesto en la Declaración sobre defensores de los de Derechos Humanos, adoptada por la por la Asamblea General de Naciones Unidas el 9 de Diciembre de 1998, en particular en lo referente a la protección del derecho de toda persona"...individual o colectivamente, a promover la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en los planos nacional e internacional y a esforzarse por ellos" ( Art.1), así como en lo relativo al deber del Estado de garantizar ...la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legitimo de los derechos mencionados en la presente Declaración (8art. 12.2) y por la resolución sobre Defensores de Derechos Humanos en las Américas AG/RES. 1671 (XXIX-O/99), adoptada por la Organización de los Estados Americanos el 7 de junio de 1999.
Atentamente,
Nodo de Derechos Humanos (NODHO)
http://www.nodho.org
info@nodho.org
Programa Jurídico
Nodo de Derechos Humanos (NODHO)
juridico@nodho.org
El Colectivo Rincon Rupestre hace suya la energica protesta y suma su voz.
rinconrupestre@gmail.com
martes, junio 19, 2007
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